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El sector de los activos virtuales evoluciona rápidamente y es tecnológicamente dinámico, lo que significa que es necesario un seguimiento y un compromiso continuos entre los sectores público y privado.

En octubre de 2021, el GAFI actualizó su Guía 2019 para un enfoque basado en el riesgo de los activos virtuales y los proveedores de servicios de activos virtuales (VASP).Guía 2019 para un enfoque basado en el riesgo de los activos virtuales y los proveedores de servicios de activos virtuales (VASP). Esta Guía actualizada forma parte de la supervisión continua del GAFI sobre el sector de activos virtuales y VASP.

Las normas del GAFI exigen que los países evalúen y mitiguen los riesgos asociados a las actividades financieras y a los proveedores de activos virtuales; que concedan licencias o registren a los proveedores y que los sometan a la supervisión o al control de las autoridades nacionales competentes. Los VASP están sujetos a las mismas medidas pertinentes del GAFI que se aplican a las instituciones financieras. Estas orientaciones ayudarán a los países y a los proveedores de servicios financieros virtuales a comprender sus obligaciones en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, y a aplicar eficazmente los requisitos del GAFI que se aplican a este sector. Las orientaciones ofrecen ejemplos pertinentes y posibles soluciones a los obstáculos de aplicación.

Las Orientaciones de 2021 incluyen actualizaciones centradas en las siguientes seis áreas clave:

  1. aclaración de las definiciones de activos virtuales y VASP
  2. orientación sobre cómo se aplican las normas del GAFI a las stablecoins,
  3. orientación adicional sobre los riesgos y las herramientas disponibles para que los países aborden los riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo para las transacciones entre pares,
  4. orientaciones actualizadas sobre la concesión de licencias y el registro de los VASP,
  5. orientaciones adicionales para los sectores público y privado sobre la aplicación de la “regla de los viajes”, y
  6. Principios de intercambio de información y cooperación entre los supervisores de los VASP

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