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La era de la transformación digital y el dinero virtual, los movimientos de los medios de pagos anónimos representan una gran amenaza en la Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo.

Esta orden pretende regular los modelos, criterios, y forma de declaración de aquellos que realicen los siguientes movimientos de pago:

  • Movimientos de entrada o salida de medios de pago portados por personas físicas, por importe igual o superior a 10 mil euros o su contravalor en moneda extranjera.
  • Movimientos de entrada o salida de medios de pago no acompañados.
  • Movimientos de entrada o salida de medios de pago acompañados y no acompañados por importe superior a 100 mil euros.

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